La audiencia Provincial de Huesca absuelve 3 monitores acusados de la muerte de una niña en Formigal

Los jueces de la Audiencia de Huesca entienden que fue la pequeña, de ocho años de edad y que padecía una cardiopatía congénita, quien abandonó el grupo para bajar sola una de las pistas y descarta la responsabilidad de los profesores

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Una imagen de archivo de las pistas de Aramón Formigal-Panticosa CRÉDITOS: Aramón

La Audiencia Provincial de Huesca absuelve a tres monitores de esquí. Los técnicos fueron acusados por negligencia en la muerte de una niña de ocho años en un accidente en las pistas de Formigal en diciembre de 2012.

La pequeña, que padecía una cardiopatía congénita, participaba en un curso de iniciación de esquí en Formigal. La niña se apartó del grupo, cogió un remonte y bajó una pista azul de dificultad moderada.

Tras bajar sola una de las pistas, la niña cayó y se estrelló contra las redes de seguridad. Rápidamente fue trasladada en helicóptero al Hospital Miguel Servet de Zaragoza donde falleció en pocas horas.

“A consecuencia de su limitación de movilidad, no fue capaz de frenar y se estrelló contra las redes de seguridad”, dice la sentencia. 

Los forenses establecieron que la causa “inicial o fundamental” del fallecimiento fue su enfermedad de corazón, probablemente desencadenado por el impacto. Por lo que los jueces entienden que ni los monitores ni la escuela deben ser responsabilizados por la vía penal.

La audiencia Provincial de Huesca exculpa los tres monitores de la escuela

Dos de los monitores vigilaban los descensos del resto de alumnos. El cursillo se llevaba a cabo por una zona alfombrada. Todo sucedió cuando el tercer monitor acompañaba a un niño al baño.

Los monitores eran conscientes de que la víctima precisaba una atención especial. Pero la sentencia alega que:

“tampoco podían desentenderse del resto de alumno. El fatal desenlace se produjo completamente fuera del ámbito del cursillo que estaban impartiendo”.

Y reconoce que; “aunque pudiera advertirse en ellos“una conducta negligente al no estar pendientes de que la víctima no abandonara la zona del tapiz, no cabe responsabilizarles de la muerte ya que no se aprecia un nexo causal penalmente relevante entre su conducta y el trágico desenlace.

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